3.17 ‘El prostituidor’ Artículo publicado en El Periódico de Cataluña el 5 de octubre de 2011.

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‘El prostituidor’ Artículo publicado en El Periódico de Cataluña el 5 de octubre de 2011.

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“La prostitución y el mal que la acompaña,  la trata de personas para fines de prostitución, son incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana”, así considera Naciones Unidas el fenómeno de la prostitución y desde esta perspectiva se ha legislado en nuestro país al haber suscrito el Convenio de 1949.

Pese a tan pomposas declaraciones de principios y aunque nuestro vigente Código Penal considere delito lucrarse de la prostitución ajena, los burdeles se exhiben sin recato en ciudades y carreteras, se anuncian en radio y televisión y en muy pocas ocasiones suscitan malestar entre la ciudadanía, salvo los vecinos que aducen molestias derivadas sobre todo por el “horario nocturno”.

Es el ejercicio de tal actividad en la calle  lo que dispara las alarmas, por su visibilidad, por la transparencia de su crudeza que fotografía un tipo de relaciones entre personas absolutamente deshumanizada, basada en la cosificación del cuerpo de la mujer.

Cuantos organismos han estudiado el tema coinciden en que se nutre de la pobreza y marginalidad de quienes se ven abocadas a tales prácticas y son la base de la trata de mujeres con fines de explotación sexual.

Esas prácticas suponen para ellas: agresiones físicas en un 82% de los casos, amenazas en el 83 % y que el 68 % han sido violadas en el ejercicio de la actividad (en un 27 % de los casos violaciones múltiples).

Se ha advertido que es una de las modalidades de violencia de género que constituye una nueva forma de esclavitud.

El desmantelamiento de las redes es un elemento clave y por ello el Plan Integral de Lucha contra la Trata de Seres Humanos con fines de Explotación Sexual, va viendo sus frutos con el goteo de arrestos que conocemos día a día y el cierre de algunos importantes locales de alterne.

Pero que pasa con el cliente, con ese ser invisible que es el responsable de la demanda, que acepta una relaciones íntimas fundamentadas en el poder del dinero, sin que se pregunte si la otra persona está traficada, está enferma, en situación extrema o amenazada….si ríe, si llora, si siente.

Ese hombre, el prostituidor debería ser objeto de sanción, porque ello sería disuasorio, porque supondría una implicación de los poderes públicos en desactivar una conducta nociva privándola de valor, de confianza o de energía moral como aconsejaba Sigma Huda, Relatora Especial de la ONU sobre las víctimas de tráfico de personas.

En algunos países se ha llevado a la práctica y los resultados demuestran su eficacia, pero la globalización del fenómeno abre fisuras si cruzando una frontera la conducta es impune, por ello como todos los grandes males que azotan a la sociedad moderna (el tráfico de armas, de drogas…), requieren actuaciones semejantes en defensa de la salud, la vida y la dignidad de las mujeres. No podemos entender cumplido el objetivo de igualdad de trato entre los sexos, mientras obviemos el conocimiento de estas prácticas, que tienen su base en la mas profunda desigualdad. Poco conseguiremos si solo nos centramos en el eslabón mas débil, quienes son explotadas, pasando por alto al prostituidor, ciudadano ufano que en el ejercicio de su libertad no siente comprometido con ello el sistema de valores que nuestras leyes han ido tejiendo en defensa de los derechos humanos.

 

Mª José Varela.

 

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Contra las esclavitudes que aun persisten

A favor de los Derechos