2.2.8.- Artículo publicado en «Diario 16» el 1/5/2000 «Directivas Europeas».

DIRECTIVAS EUROPEASvolver

Diario 16, 1 de Mayo de 2000
La violencia contra las mujeres es una lacra social que está presente en Europa causando una elevada tasa de problemas de salud e incluso mortalidad.
Los diferentes países de la UE legislan a través de su sistema las medidas penales que en algunos casos se aprecian má s acertadas que otros. No obstante, los desajustes mayores que observan coincidentemente en la interpretación y aplicación de las leyes.
El Tratado de Amsterdam, introduce una nueva vía: el integrar la igualdad de oportunidades en todas las políticas especificando claramente con uno de sus objetivos fundamentales la eliminación de las desigualdades y el fomento de la igualdad entre los hombres y las mujeres en todas las actividades de la Unión. Ello unido al criterio asentado de que los derechos de los ciudadanos son uno de los ejes de la UE, por lo que ésta podrá adoptar las medidas necesarias para combatir cualquier discriminación basada en el sexo, raza, el origen étnico, la religión, las creencias, las discapacidades, la edad o la orientación sexual, dan pie a la posibilidad de impulsar en todos los ámbitos las medidas necesarias para luchar contra la desigualdad.
Existe por lo tanto un camino abierto para que a través de una Directiva se regulen de forma uniforme e integral la actuación de los estados europeos en materia de violencia doméstica.
La prevención con políticas claramente definidas que abarque la educación en los planes escolares como en los valores sociales, la dotación de recursos asistenciales expresamente diseñados y dotados de presupuesto adecuado y el resarcimiento a las víctimas, son ámbitos de necesaria y urgente actuación.
Es preciso incluir actuaciones especificas y sensibles para los sectores de mujeres y especialmente vulnerables como las que sufren minusvalías, las emigrantes y las ancianas.
De igual modo, urge un diseño de una respuesta adecuada para otorgar la protección que merecen los menores que sufren directa o indirectamente la violencia de género.
El problema que se aborda es sangrante, por lo que el compromiso de los estados democráticos en su erradicación es preciso que supere las declaraciones de principios e inicie la andadura de un compromiso más eficaz a través de instrumentos como una directiva en el caso de la Unión Euro. Que asegure a los ciudadanos de la Unión, la protección más adecuada a sus derechos más elementales a la vida, a la salud y a la libertad.

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