2.1.6.- Artículo publicado en «El Periódico» el 10/6/2000 sobre el acoso sexual en la U.E.

EL ACOSO SEXUAL EN LA U.E.volver

EL PERIODICO. 10 de Junio de 2000.
El acoso sexual no es el inicio de un romance en el lugar de trabajo, ni un cumplido amable en tal marco. Acoso sexual es toda aquella conducta de dicha naturaleza u otros comportamientos basados en el sexo, que afectan a la dignidad de la mujer y del hombre en el ámbito laboral, en términos de la Unión Europea.
Incluye por tanto palabras, gestos, miradas, tocamientos, invitaciones insistentes, requerimientos en orden a los benefecios que pueden reportar el tener relaciones sexuales con el proponente, mantener conductas provocadoras y de exhibicionismo, chistes y/o bromas obscenas y un importante catálogo de actuaciones similares que atentan a la libertad de quien trabajando depende de quien así se comporta.
Estas conductas son consideradas discriminatorias cuando la sumisión es una condición explícita o implícita para mantener o conseguir un trabajo o interfieren en su realización o crean un ambiente intemidatorio, hostil u ofensivo.
Los estudios llevados a cabo por la comisaria de Asuntos Sociales y de Empleo, Anna Diamantopoulou concluyen que es preciso que se regule a través de una directiva específica esta materia, que desde 1976 ha sido objeto de atención por parte de la Unión a través de dos directivas relativas a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres o a la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores.
Con la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam se ha incluido la potenciación de la igualdad entre el hombre y la mujer en la enumeración de las misiones atribuidas a la Comunidad y la eliminación de las desigualdades por razón de sexo se convierten en uno de los objetivos de la Unión
Su aprobación supondrá una obligación de cumplimiento para los estados de una normativa concreta, la mayor parte de los cuales aun hoy carecen de ella, así como la posibilidad de las mujeres de denunciar al estado que incumpliéndola no la proteja, pudiendo ser éste sancionado por ello.

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2.2.21 «Investigar la reiteración de los ataques es clave» Artículo publicado por El Periódico de Catalu–a el 4 de julio de 2011.

2.2.20.- Entrevista a Mª José Varela, abogada especializada en la defensa de los derechos de la mujer y de la infancia, «Las leyes no son una varita mágica».

2.2.19.- Artículo publicado por El Periódico de Cataluña el 15 de enero de 2006, «8 vidas en 12 días».

2.2.18.- Artículo publicado por El Periódico de Cataluña el 14 de noviembre 2005, «Falla la actitud mental».

2.2.17.- Artículo publicado en El Periódico de Cataluña el 4 de mayo de 2004, sobre la alarmante sutación de la violencia hacia la mujer en el ámbito familiar.

2.2.16.- Artículo publicado en El Periódico de Cataluña el 25 de noviembre de 2003, sobre la necesidad de un mayor compromiso frente a la violencia.

2.2.15.- Artículo publicado por El Periódico el 16 de enero de 2003 sobre el soterramiento de la violencia familiar, «La punta».

2.2.14.- Artículo publicado por El Periódico el 11 de Junio de 2002 sobre el perfil estudiado en los maltratadores, «Certezas».

2.2.13.- Artículo publicado en El Periódico el 17-2-2001, sobre una sentencia judicial que utiliza los mecanismos legales idóneos, para castigar a un agresor de mujeres, «El Fin de la Impunidad».

2.2.12.- Artículo publicado en «El País» el 17/10/2000 «La publicidad de la condena».

2.2.11.- Artículo publicado en «El Periódico» el 21/9/2000 «El coste de la desigualdad».

2.2.10.- Artículo publicado en «El Periódico» el 19/7/2000 «El lastre del pasado».

2.2.9.- Artículo publicado en «El Periódico» el 22/5/2000 «Jueces y malos tratos».

2.2.8.- Artículo publicado en «Diario 16» el 1/5/2000 «Directivas Europeas».

2.2.7.- Artículo publicado en «El Periódico» el 6/4/2000 «Necesitamos actuar ya».

2.2.6.- Artículo publicado en «El Diari de L´Hospitalet» el 8/3/2000 «Los valores de la democracia».

2.2.5.- Artículo publicado en «El Periódico» el 11/2/2000 «El Terrorismo Doméstico».

2.2.4.- Tribuna publicada en «AVUI» el 3/1/99 respecto de la situación en estos momentos de la violencia hacia las mujeres.

2.2.3.- Tribuna publicada en «El Periódico» el 29/7/98 haciendo un balance de la situación de los poderes públicos en los temas de violencia a la mujer.

2.2.2.- Tribuna publicada en «El Periódico» el 10/1/98 sobre la situación de violencia hacia las mujeres y el incremento de la conciencia social que ha roto el silencio.

2.2.1.- Artículo publicado en MON JURIDIC en Abril de 1991 sobre la Ley 54 de Puerto Rico como modelo para la prevención e intervención en la violencia doméstica.