1.2.4.- Artículo publicado en «El Periódico de Catalunya» el 1 de Octubre de 2001, sobre la perspectiva de poder acceder al trámite del divorcio sin tener que pasar previamente por la separación previa.

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EL PERIÓDICO, 1 de Octubre de 2001
Nuestra legislación presenta la posibilidad de tramitar el divorcio cuando un matrimonio se ha roto, pero con la exigencia de separación previa ya sea legal o de hecho, salvo que una sentencia condene al otro por tentativa de homicidio. Ahora, se plantea una reforma que permite acceder directamente a dicho trámite. ¡Bienvenida sea la cordura!
Nadie sabe mejor que los miembros de la pareja, la gravedad del cisma abierto, por tanto debe dejarse a su voluntad la decisión de disolución del vínculo. Es sorprendente que se den tantas facilidades para el matrimonio y este sea válido sin que nadie haya informado suficientemente sobre las consecuencias legales y económicas de ello y en cambio cuando se acaba la motivación se pongan trabas para cerrar dicho capítulo.

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